¿SABÍAS QUE EN EL 2024 SE GENERO EL AUXILIO FUNERARIO EN EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA?

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¿SABÍAS QUE EN EL 2024 SE GENERO EL AUXILIO FUNERARIO EN EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA?

El auxilio funerario en Colombia es una prestación adicional del sistema de seguridad social que  cubre los gastos funerarios de afiliados y pensionados. En 2024, oscila entre $6.5 y $13 millones.  Para acceder a este beneficio, se deben cumplir requisitos como estar al día en los pagos y  presentar documentos como el registro de defunción y facturas funerarias. El trámite se realiza  ante la entidad administradora de pensiones correspondiente, que luego revisa y aprueba la  solicitud. El plazo para solicitarlo es dentro del año siguiente al fallecimiento del afiliado o  pensionado. 


NOTA: 

El auxilio funerario en Colombia está sujeto a límites legales, ya que su monto mínimo no puede  ser inferior a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), mientras que su  máximo no puede exceder los 10.  Además, la causa de muerte no puede ser de origen laboral. 

Guía paso a paso sobre cómo acceder a este beneficio: 

1. Verificar la elegibilidad: Asegúrese de que, al momento del fallecimiento, la persona cumplía  con los requisitos necesarios, como estar en la nómina de pensionados, ser un cotizante activo y  estar al día en sus pagos. 

2. Reunir documentos necesarios

• Documento de identificación original. 

• Registro civil de defunción del afiliado o pensionado, emitido dentro de los últimos tres  meses. 

• Factura de gastos funerarios con sello de cancelado, que incluya nombres y apellidos, quien canceló la factura y descripción de los servicios prestados.

• Certificación expedida por el centro que prestó el servicio fúnebre. 

• Carta de autorización de los herederos, designando a una persona para el cobro. • Certificado bancario que indique dónde se consignará el valor del auxilio funerario. • Formatos adicionales que solicite el administrador del fondo de pensiones. 

3. Realizar el trámite ante la entidad administradora de pensiones: Diríjase a la entidad a la  que estaba afiliada la persona fallecida, ya sea Colpensiones o un fondo privado. Cada institución  tendrá su proceso específico, que puede consultarse en su página web. 

4. Presentar los documentos: Lleve todos los documentos requeridos a la entidad  administradora de pensiones y siga los procedimientos establecidos por ellos. 

5. Esperar la revisión y aprobación: Una vez presentados los documentos, la entidad  administradora de pensiones los revisará para verificar la elegibilidad y la autenticidad de estos.  Si todo está en orden, procederán a aprobar el auxilio funerario. 

6. Cobrar el auxilio funerario: Una vez aprobado, el valor del auxilio funerario se consignará  en la cuenta bancaria designada y podrá ser retirado según los procedimientos establecidos por la  entidad administradora de pensiones. 

Recuerde que la solicitud de auxilio funerario debe realizarse dentro del año siguiente al  fallecimiento del afiliado o pensionado, según lo establecido por la ley. 

Escrito por:

Ingrid Natali Muñoz Garcia

Practicante Universidad Minuto de Dios


REFERENCIAS:  

Economía, R. (2024, 9 marzo). Auxilio funerario en 2024: de cuánto es y qué requisitos hay para  reclamarlo. ELESPECTADOR.COM. Gongora, L. D. O. (2024, 12 marzo). Estos son los requisitos para reclamar el auxilio fúnebre en  el 2024, según la ley.